¿UNA ENFERMEDAD PUEDE SER MOTIVO DE DESPIDO? En ocasiones cuando se termina un contrato por enfermedad no estamos seguros si el despido está bajo el marco de “justa causa o no”, para lo que se recomienda consultar el Código Sustantivo del Trabajo y tener presente las condiciones bajo las cuales se puede presentar una terminación del contrato en el sector particular, sin indemnización El numeral 15 del Artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el Artículo 7º del Decreto 2351 de 1965, establece: “…la enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquier otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al patrono de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad.” Se debe aclarar que lo expuesto anter...
DERECHO LABORAL
Este tema se ha discutido a lo largo de este proyecto de trabajo, y ya debe ser sabido por nosotros que la primera incapacidad de 180 días la paga la EPS, al cumplirse este término, será el fondo de pensiones quien pague la incapacidad, mientras se hace el tramite de pensión por invalidez si se comprueba que el trabajador supera el 51% de pérdida de capacidad laboral o de lo contrario el empleador pagará una indemnización a este. En resumen, la empresa no puede retirar al empleado cuando se terminen los 180 días de incapacidad, esto lleva un proceso a seguir.
ResponderEliminarBuenas noches compañera,respecto a tu aporte basado en el video en el caso de que el trabajador sufra una enfermedad se debe responder por el tiempo que es de 189 días que es de EPS,prestaciones y demás donde el trabajador tenga una seguridad económica en perfecto estado,como se menciona tampoco se fue desvincular al trabajador después de aver pasado el tiempo lapso ya que eso se puede ir a un fondo de pensiones si es una enfermedad grave permanente ,por el otro lado si no es así se le paga una indemnización ,es importante también saber que puede haber un reintegro del trabajador y eso no se le puede negar ya que es una obligación siempre y cuando el trabajador continúe realizando sus labores y volviendo al tema del video no puede ser despedida la persona ya que esto debe tener pruebas y permiso del trabajador para asumir el despido en dicho caso.
ResponderEliminar180 días *
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