La terminación laboral por justa causa lo hace una de las partes el trabajador o el empleador cuando exista una causa razonable que atente contra los principios del CST el cual establece en el art 62 los siguientes casos para que el empleador termine el contrato 1. El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido. 2. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el patrono, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo. 3. Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del patrono, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores. 4. Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas...
DERECHO LABORAL
Este tema se ha discutido a lo largo de este proyecto de trabajo, y ya debe ser sabido por nosotros que la primera incapacidad de 180 días la paga la EPS, al cumplirse este término, será el fondo de pensiones quien pague la incapacidad, mientras se hace el tramite de pensión por invalidez si se comprueba que el trabajador supera el 51% de pérdida de capacidad laboral o de lo contrario el empleador pagará una indemnización a este. En resumen, la empresa no puede retirar al empleado cuando se terminen los 180 días de incapacidad, esto lleva un proceso a seguir.
ResponderEliminarBuenas noches compañera,respecto a tu aporte basado en el video en el caso de que el trabajador sufra una enfermedad se debe responder por el tiempo que es de 189 días que es de EPS,prestaciones y demás donde el trabajador tenga una seguridad económica en perfecto estado,como se menciona tampoco se fue desvincular al trabajador después de aver pasado el tiempo lapso ya que eso se puede ir a un fondo de pensiones si es una enfermedad grave permanente ,por el otro lado si no es así se le paga una indemnización ,es importante también saber que puede haber un reintegro del trabajador y eso no se le puede negar ya que es una obligación siempre y cuando el trabajador continúe realizando sus labores y volviendo al tema del video no puede ser despedida la persona ya que esto debe tener pruebas y permiso del trabajador para asumir el despido en dicho caso.
ResponderEliminar180 días *
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